¿Subcontratas servicios? No incurras en sanciones ante Sunafil

En el Perú, todas las empresas que tercerizan actividades con desplazamiento de personal tienen responsabilidad directa ante el incumplimiento de los derechos laborales del personal desplazado.

Se estima que en el país un 80% de las empresas tercerizan procesos y actividades por distintos motivos (especialización, optimización de recursos, etc.), por ello, Daniel Yáñez, gerente general de Clever Global, indicó que esta tercerización con desplazamiento de personal, genera un riesgo importante para la empresa contratante (principal), igualmente responsable del pago de sueldos y beneficios del personal subcontratado, por lo que si no supervisan el cumplimiento por parte de sus contratistas pueden ser sancionados y asumir el 100% de la deuda con los trabajadores, EsSalud, AFP, etc.

“Si el proveedor no realizó el pago en el tiempo indicado, la empresa principal podrá ser sancionada económicamente por SUNAFIL, pues no supervisó el cumplimiento de los derechos laborales del personal que trabaja en su empresa”
Refirió Daniel Yáñez

Ante esto, Clever Global comenta cuales son los tres puntos que las empresas deben cerciorarse que sus contratistas y subcontratistas cumplan para evitar sanciones:

Pago de CTS y Gratificaciones

El incumplimiento del pago íntegro o la demora en el depósito de las CTS y gratificaciones supone una infracción grave pudiendo la SUNAFIL multar hasta con 94,500 soles a la empresa que no cumpla con esta obligación, incluso a las empresas que subcontratan personal.

Pago de EsSalud /AFP/ONP

De igual manera, si la empresa subcontratista no realiza el pago puntual de EsSalud y de la ONP o AFP. Hoy en día, SUNAFIL fiscaliza exhaustivamente los pagos que realizan las empresas a estas entidades para detectar irregularidades que dificulten los aportes del trabajador.

Requerir las Altas en el T-Registro

Si los trabajadores subcontratados no están en planilla, la empresa principal es igualmente responsable según la Ley de Tercerización N°29245. Los trabajadores y la SUNAFIL podrán denunciar a las dos empresas por incumplimiento y automáticamente los trabajadores serán considerados como parte de la planilla de la empresa principal.

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Fuente: Gestión

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